Aspectos Legales Empresariales

Saturday, October 14, 2006

Los contratos de trabajo

Luego de iniciar las actividades laborales dentro de una empresa previamente establecida y registrada, se dan forma a contratos de trabajo con el fin de garantizar la relación de trabajo entre trabajadores y empleadores. Los contratos de trabajo pueden celebrarse tanto por escrito como de forma oral, entendiéndose que habrá contrato de trabajo cuando exista un acuerdo entre trabajador y empresario por el que se presten unos servicios bajo la dirección y organización de éste a cambio de una retribución económica, pero debe saberse también que pueden ser contratados en principio todas aquellas personas, mayores de 16 años, que no se hayan visto privadas de su capacidad de obrar por medio de una sentencia judicial.
En el caso de los menores de 16 años y previa autorización de los padres o tutores y del organismo competente, se les permite participar en espectáculos públicos siempre y cuando su intervención no suponga un peligro para su integridad física y psicológica. Por su parte, los menores de 18 años no podrán trabajar en horario nocturno (cuando al menos tres horas de la jornada de trabajo se desarrollen entre las diez de la noche y las seis de la mañana), realizar horas extraordinarias ni tampoco prestar servicios en puestos de trabajo declarados insalubres, penosos o nocivos que puedan afectar de forma directa o indirecta a su desarrollo.

Pero cabe preguntarse cuales deben ser los elementos que debe contener un contrato, y son precisamente los siguientes:

- Los datos de la Empresa y del trabajador.
- La fecha en la que se iniciará la relación laboral y su duración.
- El tipo de contrato que se celebra.
- El objeto del mismo, esto es, las funciones (categoría profesional) que va a desempeñar el trabajador en la Empresa.
- Las condiciones en las que se va a prestar el servicio tales como el lugar (centro de trabajo), los días de la semana, el horario.
- El periodo de prueba.
- La duración de las vacaciones.
- La remuneración.
- El convenio colectivo aplicable.
- El contrato debe ser firmado por ambas partes y presentado en la Oficina del INEM correspondiente.

Los contratos pueden ser de varios tipos:

El Contrato a tiempo parcial: es aquel por el que el trabajador se obliga a prestar sus servicios un determinado número de horas al día, a la semana, al mes o al año que deberá ser inferior al de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo aplicable al sector o, en su defecto, al de la jornada máxima legalmente establecida.
La extinción del contrato de trabajo por expiración del plazo convenido, dará derecho al trabajador a percibir una indemnización por importe de 8 días de salario por cada año de contrato, salvo que por convenio colectivo se pacte una indemnización mayor.


El contrato por obra o servicio determinado: tiene por objeto la realización de obras o servicios determinados con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad de la empresa cuya ejecución, aunque está limitada en el tiempo, es de duración incierta.

Para finalizar voy a tocar un poco el tema referente a la suspensión de la relación de trabajo, según la Ley Orgánica del Trabajo, Art. 93, serán causas de suspensión el accidente o enfermedad profesional que inhabilite al trabajador para la prestación del servicio, el servicio militar obligatorio, el descanso pre y post natal, el conflicto colectivo y casos fortuitos o de fuerza mayos entre otros.

El Registro de Comercio

Toda empresa antes de iniciarse debe pasar o cumplir con ciertos requisitos obligatorios para poder constituirse, uno de los mas importantes es el registro de comercio el cual los comerciantes presentaran ante la Secretaría de los Tribunales de Comercio junto con todos los documentos requeridos en el Código de Comercio (Art. 19). Cabe destacar que dicho registro deberá efectuarlo todo comerciante dentro de quince días contados, desde la fecha del documento. Posteriormente deberá fijarse en un periódico de circulación regional o según sea el caso.

Ahora bien en el caso de las cooperativas las cuales son asociaciones de personas que se unen de forma voluntaria para satisfacer en común sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales mediante una empresa que es de propiedad colectiva y de gestión democrática, los pasos para organizar y constituir una cooperativa los describiré a continuación:

Se reúnen un grupo de personas con necesidades y aspiraciones comunes y acuerdan entre ellos organizarse en cooperativas para hacer frente a sus necesidades, seleccionar la denominación o nombre que llevara la cooperativa y consultar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas, si este nombre no corresponde a una cooperativa ya registrada.
Luego la Superintendencia certifica, que la denominación consultada, no pertenece a otra cooperativa y autoriza a que esta pueda ser registrada con esa denominación.

El grupo de personas que reúnen y redactan los Estatutos, que establecerán entre otras la estructura organizativa de la cooperativa, normas de funcionamiento, aporte de los socios, etc. Los Estatutos contendrán como mínimo lo establecido en el Artículo 13 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativa; una vez aprobados los Estatutos, se acudirá al registro subalterno de la localidad para proceder a su registro y obtener así la personalidad jurídica de la cooperativa y por ultimo se envía a la Superintendencia Nacional de Cooperativas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, copia simple del registro de la cooperativa, indicando: dirección completa, teléfonos, nombres de los directivos principales de la cooperativa, para dar cumplimiento al Art. 11 de la Ley.

En otro orden de ideas, existen aspectos como la patente de industria y comercio, la cual es un impuesto que deben pagar las personas naturales o jurídicas que ejercen actividades comerciales, industriales, bursátiles o de servicios de carácter comercial y otras contemplados en el Clasificador de Actividades económicas de la Ordenanza respectiva.

Y por su parte El SAPI, es el ente encargado de administrar y hacer las normas que consagran los derechos de los inventores sobre sus creaciones (Patentes), de los comerciantes sobre los signos que utilizan para distinguir sus productos, servicios (marcas) y de los derechos de autor. servicios (marcas) y de los derechos de autor. La función de SAPI es otorgar protección sobre los La función de SAPI es otorgar protección sobre los derechos de Propiedad Intelectual y divulgar este régimen entre los sectores industriales, comerciales, científicos, tecnológicos, de consumo del país y también de los autores.